Con ello, el contribuyente cuenta con 15 días más para realizar su trámite, ya que el límite original corría hasta el 30 de abril.
Como consecuencia de las inconsistencias que se detectaron en el prellenado de los comprobantes de nómina, que por primera vez se utiliza de manera directa en la consolidación fiscal del contribuyente. Del mismo modo, algunas instituciones de ahorro para el retiro (Afore) no habían enviado la información al SAT, retrasando el proceso.
Es importante recordar que las personas físicas que solamente perciben ingresos por salarios de un patrón no están obligadas a presentar declaración anual, aunque si desean hacerlo, puede ser en cualquier mes del año.
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